Ante los hechos ocurridos el día de hoy (Ayer) en la Sesión Ordinaria N° 203 del Concejo Municipal de san Felipe y que guarda relación con la asignación de Subvención Municipal, es imperativo aclarar lo siguiente:
- Efectivamente, el punto N° 4 de la Tabla de Sesión propuesta por el Alcalde Christian Beals señala: Dirección de Desarrollo Comunitario: Subvenciones Municipales. Como único documento acompañado en dicho punto, se adjunta Acta de Comisión Comunitaria, de fecha 18-02-2021, la que se anexará a la presente declaración.
- Si bien es cierto, al momento de iniciar la votación se manifestó la importancia de retrasar este punto para después de las elecciones municipales, con el fin de otorgar la mayor probidad posible a la entrega de estos fondos y no viciar este proceso ni potenciarlo como posible acto de campaña para los concejales que vamos a la elección, como también a los Alcaldes.
3,-Ante la insistencia para votar este punto, los concejales nos negamos a votar y personalmente recalqué la posibilidad de aplazar la votación de la tabla y postergarla para después del 11 de abril; ello con el fin de no perjudicar a las organizaciones postulantes, ya que votar rechazo las inhabilitaría para recibir los fondos en el futuro. Es cierto que las subvenciones 2020 no fueron entregadas por motivos de pandemia, sin embargo, en la administración pública cada año se cierra el proceso presupuestario, iniciándose este año un nuevo proceso presupuestario y por ende una nueva postulación, las que obviamente cumpliendo todos los requisitos serán aprobadas.
En ningún momento me negué a otorgar este beneficio a las Organizaciones Comunitarias, sino que a postergarlo hasta contar con todos los antecedentes y hacerlo lo más transparente posible.
- La Ilustre Municipalidad de San Felipe, cuenta con la Ordenanza Municipal N° 40, cuya última modificación fue en el año 2016 y que es la que regula la asignación de Subvenciones Municipales para las Organizaciones Sociales formalizadas que existen en la comuna.
Esta Ordenanza, entre otras cosas, señala que:
– Las postulaciones a esta Subvención será hasta el día 31 de Marzo. Las Organizaciones postulantes deben presentar la documentación necesaria a través de la Oficina de Partes, quienes derivarán los antecedentes a la Dirección de Desarrollo Comunitario. (extracto Art. 6)
– Durante el mes de abril, la Dirección de Desarrollo Comunitario (Dideco) evaluará los antecedentes recibidos de cada organización, comprobando que cumpla con lo establecido en la Ley. (extracto Art. 9)
– Posterior a ello, el alcalde presenta dicha información al concejo en pleno para que sea votado a fines de mayo. (extracto Art. 10)
- La razón de mi negativa a apoyar este punto en la tabla radica en que, junto con considerar que el haber asignado este beneficio económico a Organizaciones Sociales de nuestra comuna en tiempos de campaña política previa a elecciones municipales, NO me parece prudente ya que puede considerarse como aprovechamiento político para beneficio de campaña electoral y francamente yo no me presto para eso. Es importante que la opinión pública comprenda que los concejales resguardamos el patrimonio económico del municipio, que proviene de todos los chilenos. Mi función es resguardar el patrimonio económico de Todos los Sanfelipeños. Y el más importante de todos los puntos, es que al menos yo, NO recibí ningún informe de DIDECO más que el acta adjunta.
Hago hincapié que para que se obtenga mi aprobación en Concejo, deberán cumplir con lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 40
Agradezco puedan publicar esta declaración.
Atte;
IGOR CARRASCO GONZÁLEZ
CONCEJAL DE SAN FELIPE
Esta Publica fue solicitada por el Concejal en mención