El presidente de la instancia Manuel Tobar respalda artículo aprobado por la Convención Constitucional, pero tiene sus observaciones, a las que se suma el consejero regional Manuel Millones
VALPARAÍSO.- Miércoles 02 de febrero 2022
La factibilidad de que Chile se convierta en un Estado Regional, Plurinacional e Intercultural, como lo señala el artículo sobre la materia, aprobado por la Convención Constitucional tiene el respaldo del presidente del Centro de Estudios Regionales Manuel Tobar Leiva.
Tobar explicó que “un Estado Regional supone la descentralización de la función ejecutiva y legislativa del sistema político. Por consiguiente representa un alto grado de autonomía de las regiones. Sin embargo, al dotar a las regiones de estatutos propios, en la práctica se está descentralizando la función constituyente característica propia de los Estados Federales”.
En esa perspectiva observó que “esos estatutos debieran fijar las reglas de funcionamiento de los órganos básicos de la institucionalidad regional, sin reemplazar el código político nacional que expresa la unidad e indivisibilidad del Estado”.
CONSEJERO MANUEL MILLONES
Por otra parte, Tobar y el Consejero Regional Manuel Millones sostienen que al rechazar las Asambleas Legislativas Regionales, elemento esencial de un Estado Regional, lo que en definitiva se está concibiendo por la Convención, es un Estado Unitario Descentralizado caracterizado por la descentralización solo de las funciones ejecutivas del sistema político, que en la experiencia actual es incompleta.
En ese escenario, lo ineludible para los convencionales es completar la descentralización administrativa, estableciendo en la Constitución la autonomía financiera regional y un mecanismo que haga posible una efectiva transferencia de competencias, especialmente respecto de la creación de servicios regionales administrados por los gobiernos regionales y el fortalecimiento de su potestad reglamentaria, entre otras atribuciones.
Para ejercer el gobierno interior, el orden y la gestión de la fuerza pública un funcionario de coordinador seguridad interior, pero ambos concuerdan que “para los efectos de coordinar, supervigilar y fiscalizar a los servicios desconcentrados de la administración central que operan en las regiones y que se relacionan con las materias que se le atribuyen al gobierno regional, proponemos que la Constitución se la encargue al Gobernador Regional.”
En este contexto, en el que no habrá Asambleas Legislativas Regionales, no vemos la razón para eliminar a los Consejos Regionales que ya cuentan con experiencia en la administración regional. Además, de aprobarse la iniciativa del Consejo Territorial es dable proponer que sus miembros elegidos en cada región puedan ser incorporados a los Consejos Regionales, sin sumar nuevas instancias que complejizan y burocratizan el sistema regional.